Se firma “el Decreto 100” que regula los horarios de Comercio en Candelaria
La Alcaldía de Candelaria expidió el decreto número 100, con el objetivo de regular el horario de funcionamiento de todos los establecimientos de comercio en el municipio.
Las Farmacias, estaciones de servicio, hoteles, moteles, entidades de salud y veterinarias podrán operar las 24 horas, de acuerdo a su uso de suelo y permiso de funcionamiento.
Establecimientos de venta y consumo de alimentos:
Lunes a jueves: 4:00 a.m. a 1:00 a.m. del día siguiente.
Viernes: 4:00 a.m. a 2:00 a.m. del día siguiente.
Sábado: 4:00 a.m. a 4:00 a.m. del día siguiente.
Domingo: 4:00 a.m. a 1:00 a.m. del día siguiente o hasta las 4 am del cuando lunes sea festivo
Establecimientos donde se expenden bebidas alcohólicas (con permiso):
Lunes a jueves: 11:00 a.m. a 11:59 p.m.
Viernes: 11:00 a.m. a 1:00 a.m. del día siguiente.
Sábado: 10:00 a.m. a 3:00 a.m. del día siguiente.
Domingo: 11:00 a.m. a 11:59 p.m o hasta las 3 am del cuando lunes sea festivo
El Decreto 100 se firma con el fin de proteger la sana convivencia, la seguridad pública, la salud pública y ponderando el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, como de la familia.
Teniendo en cuenta que “Juanchito” es una zona de desarrollo turístico, prioritario y que como tal constituyue un destino que por sus capacidades y vocación y atractivos es viable ser utilizado para atraer visitantes con fines turísticos tendrá un horario especial.
Zona de Desarrollo Turístico Juanchito:
Viernes a domingo: 11:00 a.m. a 5:00 a.m. del día siguiente.
Todos los establecimientos en el Corregimiento del Cabuyal:
Lunes a domingo: 11:00 a.m. a 11:59 p.m.
El incumplimiento de los horarios provocará sanciones que van desde multa hasta la suspensión definitiva de la actividad comercial.
Algunos establecimientos de Candelaria Valle podrán solicitar permiso para extender su horario de funcionamiento
Fecha de publicación 17/04/2024
Última modificación 20/04/2024